En Colombia, decorar o disfrazar carros y motos con temas de Halloween no está prohibido ni sancionado por la ley de tránsito. La duda surge cada año, pero el Código Nacional de Tránsito Terrestre (CNT) no establece norma expresa que prohíba esta práctica.
Las autoridades de tránsito aclaran que la decoración no genera multa siempre y cuando no afecte la visibilidad del conductor ni altere los sistemas de señalización del vehículo. Si los elementos decorativos dificultan la conducción o ponen en riesgo la seguridad vial, sí podrían aplicar sanciones.
Por ejemplo, cubiertas que impiden ver luces, placas o espejos pueden ser motivo de infracción. Pero el simple hecho de poner calcomanías, luces decorativas o accesorios con motivos de Halloween no genera multa.
Esta práctica se ha expandido en los últimos años, especialmente en grandes ciudades donde los conductores muestran creatividad con adornos como telarañas falsas, figuras en el toldo o luces naranjas y moradas.
Desde la Secretaría de Movilidad explican que la clave para evitar sanciones es mantener la seguridad: el vehículo debe continuar cumpliendo con las normas básicas de circulación y señalización.
Este año, con la cercanía de Halloween, las autoridades hacen un llamado a disfrutar la tradición sin poner en riesgo a conductores y peatones. La decoración festiva es bienvenida, pero nunca a costa de la seguridad vial.


































