El Senado de México acordó este miércoles modificar el proyecto para reformar la Ley de Amparo 2025, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
La presidenta Claudia Sheinbaum presentó la iniciativa que este jueves será discutida y votada por las comisiones de Justicia, Estudios Legislativos y Hacienda, con posibilidad de llegar al pleno en una sesión vespertina. El paquete busca modernizar procedimientos judiciales, clarificar conceptos jurídicos y garantizar una justicia más rápida y eficiente.
Uno de los cambios principales está en la redefinición del “interés legítimo”. Ahora se podrá solicitar amparo por afectaciones individuales o colectivas sin que el daño haya ocurrido o se reciba un beneficio directo, siempre que exista un riesgo real. Esto abre la puerta a proteger derechos colectivos sin abusos de procesos, descartando demandas infundadas.
Se establece la digitalización del juicio de amparo. La presentación y notificación electrónica serán la norma mediante el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación. Aunque para particulares será opcional, para autoridades será obligatorio usar el sistema. Además, los expedientes físicos y digitales tendrán el mismo valor legal y podrán consultarse de forma simultánea.
Las reformas amplían el plazo máximo para que los jueces emitan sentencias en amparo indirecto, de 60 a 90 días naturales, alineándose con criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). También aumenta de tres a cinco días el plazo para presentar garantías en suspensiones derivadas de procesos penales que afectan la libertad personal. Esta medida busca apoyar a sectores vulnerables en trámites de fianzas.
Los jueces podrán rechazar recusaciones sin fundamento, y sólo se permitirá ampliar demandas en caso de nuevos actos desconocidos en la demanda inicial, para evitar dilaciones.
En materia fiscal, se restringe frenar el cobro de créditos fiscales firmes, que sólo podrá hacerse entregando garantía bajo la forma de billete de depósito o carta de crédito bancaria autorizada. Ya no será posible suspender cobros ni impugnar la prescripción una vez definitiva la deuda, con la intención de acabar con juicios para demorar pagos de impuestos.
El dictamen elimina nuevas sanciones propuestas contra autoridades que incumplan sentencias de amparo, manteniendo el marco actual de multas y castigos.
Además, se preserva la protección del mínimo vital; aunque las cuentas bancarias estén bloqueadas por medidas cautelares, las personas podrán acceder a recursos para necesidades básicas.
Las nuevas disposiciones aplicarán tanto para amparos futuros como para los procesos en curso.
Tras audiencias públicas con especialistas, el Senado ajustó la iniciativa original antes de llevarla a votación final este miércoles, en un proceso que busca modernizar y agilizar la justicia administrativa y constitucional en México.
