La Registraduría Nacional del Estado Civil aclaró que quienes participen este domingo 26 de octubre en la consulta interna del Pacto Histórico no recibirán el beneficio del medio día de descanso laboral. A diferencia de las elecciones nacionales o territoriales, este mecanismo interno no otorga certificado electoral, requisito indispensable para acceder al tiempo compensatorio establecido en la ley.
La entidad explicó que aunque apoya la logística –como mesas de votación, jurados y tarjetones–, la consulta no tiene carácter oficial ni genera efectos administrativos para beneficiarios laborales. Estos beneficios solo se aplican en procesos electorales avalados por la Ley 403 de 1997, que regula los incentivos al voto en Colombia.
La Registraduría destacó que solo los jurados de votación recibirán un día completo libre por prestar servicio en la jornada. Este descanso es un reconocimiento a su labor, independiente del tipo de proceso electoral.
Participar en la consulta es voluntario y cuenta con todas las garantías logísticas, pero las empresas no están obligadas a dar descanso a sus empleados por votar. La aclaración llega luego de confusiones entre empleados que esperaban el medio día libre al acudir a las urnas.
La consulta interna del Pacto Histórico definirá candidato presidencial y listas al Congreso, pero sin dispensa laboral para votantes. Esto marca la diferencia clara entre elecciones oficiales y procesos organizados por partidos políticos.

































