La CURP biométrica entró en vigor esta semana, tras 90 días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, aunque de momento su trámite es opcional. Este nuevo documento no solo integra los datos básicos de la Clave Única de Registro de Población, sino que suma información biométrica: huellas digitales, escaneo de iris, fotografía digital y firma electrónica.
Las autoridades mexicanas anticipan que esta versión de la CURP será fundamental para futuros trámites en salud, educación, pensiones y programas sociales, y obligará tanto a instituciones públicas como privadas a aceptarla como identificación válida. No obstante, ni la población ni organizaciones están obligadas a tramitarla en esta etapa inicial.
Por ahora, no existe multa ni sanción para quienes no la tengan, pero en el futuro podría complicar la realización de gestiones. Instituciones podrían rechazar trámites si no se presenta la CURP biométrica, lo que retrasaría el acceso a servicios esenciales.
Para tramitarla en la Ciudad de México, es necesario acudir al módulo de RENAPO ubicado en Londres 102, colonia Juárez, alcaldía Cuauhtémoc, previa cita vía portal oficial. Se requieren acta de nacimiento actualizada, identificación oficial vigente (INE o pasaporte), el CURP tradicional validado, comprobante de domicilio no mayor a tres meses y correo electrónico activo.
La implementación genera dudas sobre la seguridad de los datos sensibles, y expertos en ciberseguridad como IQSEC advierten riesgos de filtración y suplantación de identidad. Proponen medidas robustas de protección como cifrado avanzado, autenticación multifactor y monitoreo constante para proteger la base de datos y garantizar la integridad de la información.
Por ley, los datos biométricos deben resguardarse bajo estrictos protocolos de privacidad conforme a la legislación mexicana. Las sanciones contempladas irán dirigidas a las instituciones que se nieguen a aceptar la CURP biométrica, no a los ciudadanos que no la obtengan en este momento.
