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SAT puede congelar cuentas bancarias si tienes adeudos fiscales pendientes

El SAT puede inmovilizar tus cuentas bancarias para cobrar adeudos fiscales sin previo aviso.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene facultades legales para congelar cuentas bancarias de contribuyentes morosos, una medida que puede tomar para asegurar el cobro de adeudos fiscales pendientes.

La inmovilización de cuentas puede ocurrir si el contribuyente tiene adeudos fiscales y no interpuso un medio de defensa o si éste fue desechado. En ese caso, el SAT ordena a bancos y otras instituciones financieras congelar y transferir los recursos disponibles hasta cubrir la deuda actualizada, incluidos recargos, multas y gastos de ejecución.

Otra situación es cuando hay adeudos sujetos a un medio de defensa, pero el contribuyente no ha ofrecido garantías. El SAT puede entonces asegurar depósitos equivalentes al monto del adeudo más accesorios para garantizar el pago.

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) detalla cuatro supuestos legales para la inmovilización de cuentas: aseguramiento precautorio, embargo precautorio, embargo dentro del procedimiento administrativo de ejecución (PAE) y la inmovilización como medida de cobro frente a créditos fiscales firmes.

Estas acciones pueden aplicarse incluso antes de que el crédito fiscal sea exigible, siempre que exista riesgo de evasión o incumplimiento. Sin embargo, sólo en el caso del embargo en procedimiento administrativo el contribuyente debe ser notificado y puede sustituir la garantía por otros medios.

El Código Fiscal autoriza que el SAT inmovilice depósitos en cualquier moneda y tipo de cuenta vinculada al contribuyente, salvo las cuentas individuales de ahorro para el retiro.

Prodecon advierte que estas medidas son extraordinarias y afectan directamente las actividades económicas del contribuyente. Además, señala que el marco legal mexicano no regula con claridad estos procedimientos, lo que genera incertidumbre y controversias.

En suma, no estar al día con el SAT puede derivar en el congelamiento inmediato de cuentas bancarias por la autoridad fiscal sin necesidad de procedimientos largos, un riesgo que los contribuyentes deben considerar para evitar un bloqueo rápido y parcial de sus recursos.

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