Las reformas en viviendas parecen sencillas, pero pueden salir muy caras si no se respetan las reglas. La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) protege a las comunidades de vecinos limitando las obras dentro de los pisos y prohibiendo alterar elementos comunes sin permiso.
El artículo 7.1 de la LPH permite hacer reformas en el interior de la vivienda, pero prohíbe tocar fachadas, muros de carga, vigas o instalaciones generales (fontanería central, calefacción) sin permiso expreso de la comunidad. Además, cualquier obra debe ser comunicada y autorizada por los vecinos para evitar denuncias.
El texto es claro: hacer ruido, provocar filtraciones, vibraciones o daños a otros vecinos está prohibido según el artículo 7.2. No cumplirlo puede acabar en tribunales y con órdenes judiciales para paralizar las obras o restaurar el estado original del inmueble. Ya hay sentencias en ese sentido.
La LPH no fija horarios para hacer obras, pero la legislación local y los estatutos comunitarios sí regulan cuándo y cómo se puede hacer ruido, generalmente limitando los decibelios a 35-40 dB de día y 25-30 dB por la noche. Saltarse estos topes puede conllevar sanciones municipales además de conflictos con los vecinos.
La instalación de placas solares y cualquier reforma que afecte a elementos comunes como terrazas, garajes o zonas comunitarias precisa siempre la aprobación de la comunidad. Esta debe votarse y suele generar debate intenso dado que altera espacios compartidos.
En resumen, la ley busca un equilibrio entre el derecho a reformar y el respeto al resto de propietarios. Hacer obras sin permiso ni comunicación puede traducirse en denuncias, multas y demandas que obliguen a detener trabajos o incluso a rehacer lo hecho.
Hacer ruido o cambios en tu vivienda sin respetar las normas sale caro y puede arruinar la convivencia en cualquier comunidad de vecinos.
